Hace algunas horas, la Cámara Federal de Casación Penal ratificó el fallo del Tribunal Oral en la Causa Vialidad a Cristina Kirchner, condenándola a seis años de prisión e inhabilitación perpetual para ejercer cargos públicos. Del mismo modo, por unanimidad, Casación descartó el delito de Asociación Ilícita. Entre tanto, los Jueces sostuvieron que «hubo una maniobra fraudulenta que perjudican las cuentas del Estado».
Como se mencionó anteriormente, en el día de hoy la Cámara de Casación Penal ratificó el fallo contra la ex Presidenta, Cristina Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por los delitos de Administración Fraudulenta en la Causa Vialidad.
Del mismo modo, el fallo cuenta con 1.541 fojas, y de igual modo Casación también confirmó las condenas de Lázaro Báez (seis años de prisión), el ex secretario de Obras Públicas, José López (6 años), el ex Director Nacional de Vialidad Nacional, Nelsón Periotti (6 años), y de los ex funcionarios del área de Vialidad de Santa Cruz, José Raúl Santibáñez (4 años), Mauricio Collareda (4 años) y Raúl Osvaldo Daruich (3 años y 6 meses).
A su vez, también confirmaron la absolución del ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, del ex subsecretario de Obras Públicas, Abel Fatala, del ex funcionario de Vialidad de Santa Cruz, Héctor Garro y de Carlos Kirchner, primo del fallecido ex Presidente, Néstor Kirchner, y además ex funcionario de Planificación Federal. Entre tanto, a Carlos Kirchner se le confirmó la absolución por prescripción.
La audiencia se desarrolló en una sala muy pequeña ubicada en los Tribunales de Comodoro Py, en la cuál se ratificó este fallo. Cabe destacar que la condena la confirmaron los Jueces, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, mientras que el otro Magistrado, Gustavo Hornos votó para sumar el delito de Asociación Ilícita, que solicitó la Fiscalía.
¿Cristina irá presa?
«Desde 2003 a 2015, funcionarios públicos nacionales y provinciales, entre los que se encontraba las dos veces Presidenta, Cristina Kirchner, llevaron a cabo una maniobra fraudulenta que perjudicó de forma trascendental las cuentas del Estado Nacional, pues hubo un desvío de dinero público en favor del empresario, Lázaro Báez a partir de la asignación de la obra pública vial a sus empresas», manifestaron los Jueces en esta resolución.
Por otro lado, este fallo no tendrá consecuencia en lo inmediato, ya que puede ser apelado por todas las partes involucradas, en la Corte Suprema de Justicia, pero tienen 10 días hábiles a partir de esta resolución. Al mismo tiempo, el Máximo Tribunal tendrá poder de decisión para que el fallo quede firma o no. Si esto queda firme, esto podría ejecutarse, pero la Corte Suprema no tiene plazos para resolver.
La resolución de Casación
De la misma manera, la Sala IV de la Cámara de Casación Penal dispuso un decomiso de apróxidamente 84.000 millones de pesos.
Según lo que se informó, la audiencia se desarrolló en la planta baja de los Tribunales de Comodoro Py. Vale decir que esta misma sala fue la que el 6 de diciembre leyó la condena del Tribunal Oral. Hubo 13 acusados, de los cuáles el único que estuvo presenta fue Fatala, pero hay que remarcar que no era obligatorio que debían estar presentes, ya que estaban representados por sus abogados. Sin embargo, el abogado de CFK, Alberto Beraldi, no asistió e informó a Casación que no iba a estar presente en la audiencia.
Por otro lado, la ex Vicepresidenta al momento en el cuál se ratificó este fallo, estaba en la localidad bonaerense de Moreno. «Voy a compartir una actividad con la Intendenta Mariel Fernández y 400 mujeres», posteó en sus redes sociales. De hecho, en la puerta de los Tribunales de Comodoro Py la ex Jefa de Estado tuvo el apoyo con una realización de una clase pública que encabezó el ministro de Justicia de la provincia de Buenos Aires, Juan Martín Mena y el dirigente social, Juan Grabois.
Otro de los que asistió a esta clase abierta ue el Director Nacinal de Normativa y Enlace Judicial del ministerio de Seguridad de la Nación, Fernando Soto: «vine como público», le dijo en la antesala de la audiencia a Infobae.
Los detalles de la resolución
Entre tanto, los Jueces subrayaron que esta maniobra se dio con la incorporación de Báez al sector de la construcción «sin experiencia previa», para lo cuál «conformó un grupo de empresas, que le permitió ganar numerosas licitaciones de obra pública en la provincia de Santa Cruz, simulando una competencia que en realidad no tenía (a modo de ejemplo, sólo entre 2007 y 2008 recibió veintitrés contratos».
Los Magistrados también destacar que las licitaciones que obtuvieron «contaban con irregularidades». «Se demostró que se seleccionó una modalidad de contratación específica, convirtiéndose para la provincia de Santa Cruz en regala lo que para las demás fue una excepción. Esto permitió la cartelización de la obra pública en la referida provincia, en favor de un grupo de empresas que respondían a Báez», citaron a modo de ejemplo.
A su vez, otra prueba clave para Casación fue el Decreto 54/2009 que firmó Cristina Kirchner a instancia de José López, por lo tanto se modificó el fideicomiso que comenzó a manejar la Dirección Nacional de Vialidad, a cargo de Periotti.
De la misma manera, los Jueces también destacaron lo que el Fiscal, Diego Luciani tituló como «plan para limpiar todo». Esto se trató de los mensajes de WhatsApp que se encontraron en el celular de López, cuando lo detuvieron en junio de 2016 en el Convento de General Rodríguez con bolsos con 9 millones de dólares, y por lo que fue condenado a seis años de prisión por enriquecimiento ilícito.
«Que en el plan tomaron participación, en principio y de acuerdo a lo que se pudo probar, José Francisco López, Lázaro Báez, Cristina Kirchner, Nelsón Periotti y José Raúl Santibáñez»,precisaron los Jueces y agregaron que «para culminar la maniobra se trató de atribuir el cierre de las empresas de Báez a la nueva Administración del Poder Ejecutivo Nacional y evitar la ‘sensación de fuga’ (en palabras de José Francisco López), cuando en realidad se probó que las obras habían sido abonadas con anterioridad, y todo lo sucedido en esta etapa fue minuciosamente ideado por López, Báez, Fernández de Kirchner y Periotti».
«La maniobra señalada generó un enorme perjuicio al Estado Nacional, que si bien no se pudo determinar en su totalidad, se estableció parcialmente y, por ende, se ordenó a través de la herramienta que prevé el Código Penal para el recupero de activos de origen ilícito el decomiso de la suma de ochenta y cuatro mil ochocientos treinta y cinco millones, doscientos veintisiete mil trescientos setensa y ocho pesos, con cuatro centavos ($84.835.378,04), el que necesariamente será objeto de actualización al momento en que la sentencia adquiera firmeza».
La disidencia por la Asociación Ilícita
Por otro lado, hubo una disidencia que tuvieron los Magistrados por la aplicación o no del delito de la Asociación Ilícita para los acusados. Es que esto lo solicitó el Fiscal Luciani afirmando que Cristina era la jefa de esta Asociación Ilícita. Por lo tanto, pidió una condena de 12 años de prisión.
Mientras que los Jueces Barroetaveña y Borinsky indicaron que no se comprobó la «pluralidad de planes delictivos», que justamente requiere la Asociación Ilícita, sino que fue un único plan criminal sobre la obra pública. Entre tanto, Hornos afirmó que hubo «Asociación Ilícita».
«Los encausados conformaron una organización estable y duradera cuya finalidad no fue la realización un determinado o determinados hechos en los que coincidieron más de 2 personas. Por el contrario, tenían el próposito, la apertura y la disposición de encarar la práctica de múltiples, variados e indeterminados planes delictivos», precisó Hornos, que además adjuntó que «la Asociación Ilícita operó de forma inalterada, estable, continua, desde su conformación hasta que finalizó el último mandato presidencial de quién fue la líder de la organización criminal».