Roberto Feletti: «El control de precios será una medida transitoria»

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El secretario de Comercio Interior Roberto Feletti dijo que «el control de precios será una medida transitoria». Del mismo modo, señaló que no habrá desabastecimiento.

El secretario de Comercio Interior Roberto Feletti dijo que «el control de precios será una medida transitoria». Del mismo modo, garantizó que no habrá desabastecimiento.

«Entendemos que este ordenamiento también servirá para el resto de la cadena de valor», por eso la reunión con los Gobernadores, para así garantizar el control de los precios.

«No es una medida que va a durar para siempre, es transitoria». Asimismo, garantizó que «no debería haber desabastecimiento, porque la mayoría de las empresas está trabajando con capacidad ociosa».

En declaraciones a El Destape Radio, Feletti manifestó: «el acuerdo se está cumpliendo, salvo en el caso de Changomás que nos estaremos reuniendo el lunes».

«Nosotros continuaremos dialogando y cerrando acuerdo, porque queremos que el salario de los argentinos y argentinas no se vaya al 100% en la compra de alimentos. Los salarios le van a ganar a la inflación. Ese es nuestro objetivo».

El Gobierno dispuso el congelamiento de precios hasta el 7 de enero
El Gobierno dispuso el congelamiento de precios hasta el 7 de enero| Foto. Nexofin

La convocatoria para controlar precios

Por otro lado, el Gobierno convocó a los Gobernadores e Intendentes para controlar los precios que dispuso una retracción en los precios al 1 de octubre. Del mismo modo, la medida regirá hasta el 7 de enero.

La resolución se publicó en el Boletín Oficial, que instruye a las autoridades nacionales, provinciales y municipales a fiscalizar este programa, además de garantizar la Ley de Abastecimiento.

Del mismo modo, el Artículo 10 de la Ley 20.680 establece como procedimiento, el labrado de actas, la admisión de pruebas y la resolución del hecho.

Por otro lado, el Artículo 12 indica que los funcionarios podrán pedir el uso de la fuerza pública; allanar en las horas hábiles comercios, locales industriales y establecimientos de producción; y solicitar al Juez correspondiente que disponga la orden de allanamiento en días y horarios no hábiles.

Asimismo, se podrá secuestrar libros y otros elementos vinculados a la administración de los 30 días hábiles; intervenir la mercadería en infracción aún cuando esta en tránsito y clausurar el local en los que dictamine la infracción.

Por último, los Intendentes también estarán habilitados para intervenir y declarar inmovilizadas las mercaderías que fueron objeto de una maniobra asociada al desabastecimiento; citar a los presuntos responsables y disponer la prisión preventiva.

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